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VALORES DE REFERENCIA PARA LA LIQUIDACIÓN DE APORTES PROFESIONALES

RESOLUCIONES Nº  3637 (1ª CIRC.) Y Nº  528 (2ª CIRC.)

 

 

Estimado Colega:

 

                                                Luego del dictado de las resoluciones Nº 3637 y Nº 528, que vinieron a reencauzar la liquidación de aportes para tareas profesionales de la construcción en lo estipulado por la ley, se realizó una reunión con los tres Colegios Profesionales involucrados el día 28 de mayo en Rosario. En dicha reunión las autoridades presentes se comprometieron a presentar una propuesta con el mismo propósito.

 

                                                La situación en ese momento referida a la liquidación de tareas profesionales era la siguiente:

 

Colegio

Valor m²

Observaciones

Vigencia

Arquitectos

497.871,36 $/m²

Res. DSP 715/24, para cálculo de aportes

08/04/24

1.049.217,41 $/m²

Honorario sugerido. No   usado para cálculo de aportes

 

Ing. Civiles

780.346.- $/m²

(Res. DP 162)

13/5/24

497.871,36 $/m²

“por competencia desleal”

 

Técnicos y MMO

355.622,40 $/m²

para cálculo de aportes

 

866.422,05 $/m2

Análisis y costo oficina técnica, no usado para calcular aportes.

ene-24

 

                                                Esta irregular situación provocaba competencia desleal entre las distintas profesiones, que en reiteradas oportunidades habían manifestado quejas a las Cajas.

 

                                                A su vez, perjudicaba a los profesionales activos, ya que cada uno de sus trabajos generaba aportes de sus comitentes inferiores a los que marca la ley, por lo que perdían entre un 60% y un 70% de la categoría jubilatoria y otros beneficios a los que tienen derecho.

 

                                                Por tal motivo y después de dos años de gestiones sin resultados las Cajas intervinieron con las resoluciones mencionadas.

 

                                               Finalmente, el día de ayer, los Colegios alcanzaron un acuerdo entre las tres entidades, que comunicaron a las Cajas. Mediante el mismo se comprometen a aplicar el valor real de la construcción para el cálculo de aportes a partir del 1º de enero de 2025, y mientras tanto realizar una transición ordenada e igual para los tres, con valores que se aproximen progresivamente y de forma previsible al valor real, aplicando $610.000 a partir del 01/08/24 y $850.000 a partir del 01/11/24.

 

                                              Considerando que este compromiso apunta en la dirección marcada por las resoluciones de las Cajas, estas han decidido suspender la aplicación de los artículos 1º a 3º de las mismas mientras se desarrolla esta transición, a la vez que se mantendrán atentas y reactivarán el esquema en caso de detectarse desvíos o demoras, a fin de proteger los derechos de los profesionales activos y jubilados.

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